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El Juzgado de Instrucción nº 2 de Alcalá de Henares ha archivado la querella contra el obispo de Alcalá por comparar las manifestaciones en defensa del aborto con el Holocausto nazi
La juez Olga Iglesias no ha admitido a trámite la querella que las organizadoras del Tren de la Libertad interpusieron contra el obispo de Alcalá, Juan Antonio Reig Plà, tras publicar éste una carta abierta en la que aludía a la multitudinaria manifestación que recorrió la capital para protestar contra la reforma de la ley del aborto que preparaba el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, y que fue finalmente retirada por el PP.
En aquella misiva el obispo comparaba la movilización con ¨los trenes de Auschwitz que conducían a un campo de muerte”. Reig Plà sostenía que la marcha en defensa del derecho de las mujeres a decidir sobre su propio embarazado debería llamarse ¨el tren de la muerte, del Holocausto más infame: la muerte directa y deliberada de niños inocentes no-nacidos¨.
Las organizadoras del Tren de la libertad han recurrido la decisión ante la Audiencia Provincial de Madrid
En la querella, las organizadoras del Tren de la Libertad argumentaban que la afirmación ¨falaz, insultante, ofensiva e injustificada¨ atenta ¨a través del discurso de odio¨contra las mujeres, su dignidad y la de todos los asistentes a la manifestación.
Acusaban al obispo Reig Plà de un delito continuado de injurias graves hechas con publicidad por considerar que sus declaraciones lesionan la dignidad de otra persona, tal y como prevé el artículo 208 del Código Penal. Además, consideraban que sus expresiones son constitutivas de un delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas garantizados por la Constitución.
La juez señala que las declaraciones están amparadas por la libertad de expresión y la libertad religiosa
Ahora, la juez señala que estas declaraciones no pueden ser consideradas injuriosas porque están amparadas por la libertad de expresión y la libertad religiosa, y apunta en su auto que ¨es evidente que el obispo, conforme a los principios de la doctrina social de la Iglesia Católica y en el ejercicio de la libertad de expresión y religiosa entiende, y así lo manifiesta, que el derecho reclamado por algunas mujeres equivale a la muerte directa y deliberada de niños no-nacidos¨.
La juez Iglesias sostiene que las declaraciones pueden ¨molestar, inquietar, ofender o disgustar¨, pero las enmarca en el derecho a expresar ideas y convicciones. Además rechaza la querella porque el artículo publicado por Reig Plà se dirige, fundamentalmente, ¨a criticar al presidente del Gobierno de España y al Partido Popular por su actuación en relación a la retirada de la reforma de la ley del aborto¨.