La ayuda es de 250 euros mensuales para cada arrendatario solicitante y se recomienda presentar la inscripción de forma telemática
La Comunidad de Madrid ha abierto el plazo de solicitud del Bono Alquiler Joven, destinado a los menores de 35 años que tengan un contrato de arrendamiento de una vivienda o una habitación en la región. El bono será concedido por un plazo de dos años y se deberá destinar al pago del alquiler. Asimismo, no se podrá compatibilizar con otras ayudas autonómicas o locales dedicadas al mismo fin, excepto en situaciones en las que los beneficiarios demuestren una gran vulnerabilidad o riesgo de exclusión social.
La ayuda será de 250 euros mensuales por un periodo total de dos años. Es decir, se otorgará un máximo de 6.000 euros repartidos en 24 mensualidades. Los jóvenes que quieran acceder a la tramitación deberán hacerlo a la web de la Comunidad de Madrid.
Uno de los requisitos es que la vivienda objeto del contrato lo sea por una renta igual o inferior a 600 euros mensuales, o hasta 900 euros, 300 o 450 euros mensuales si el contrato es de habitación, en los siguientes municipios: Ajalvir, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Algete, Alpedrete, Aranjuez, Arganda del Rey, Arroyomolinos, Boadilla del Monte, El Boalo, Brunete, Camarma de Esteruelas, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Villalba, Colmenar Viejo, Colmenarejo, Coslada, Daganzo de Arriba, El Escorial, Fuenlabrada, Fuente el Saz de Jarama, Galapagar, Getafe, Guadarrama, Humanes de Madrid, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Majadahonda, Mejorada del Campo, Moraleja de Enmedio, Moralzarzal, Móstoles, Navalcarnero, Paracuellos del Jarama, Parla, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Rivas Vaciamadrid, San Agustín del Guadalix, San Fernando de Henares, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de la Vega, San Sebastián de los Reyes, Soto del Real, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Tres Cantos, Valdemoro, Velilla de San Antonio, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo o Villaviciosa de Odón.
La documentación necesaria para realizar la solicitud será el contrato de alquiler, un certificado de empadronamiento en el que se incluya a todos los convivientes, y se debe indicar la fecha de alta del arrendatario en la vivienda alquilada. Los extranjeros no comunitarios deberán entregar una copia del permiso de residencia de larga duración o del permiso de residencia temporal. Toda la información está disponible en este enlace.